30 abr 2013

Dólares en el exterior ¿Qué reclama el Banco Central a los que sacaron plata con la tarjeta?



En los últimos días varios usuarios de tarjeta de crédito que sacaron adelantos de efectivo en el exterior fueron bendecidos con la llegada de una hermosa nota con membrete del Banco Central de la Republica Argentina en la cual se le solicita información y explicaciones sobre el destino de esos fondos, pero seguro hasta aquí nadie se preocuparía, aunque la invocación a una ley, la penal cambiaria, seguro te ponga los pelos de punta. Veamos realmente que puede y que no reclamar el central en los términos de esta ley.


En primer lugar cabe destacar que el atesoramiento no está prohibido por ley en nuestro país, sino que momentáneamente está suspendido por normas particulares. Por ende decir que ahorrar en dólares es un delito más allá de lo folklórico, por ahora y solo por ahora no es verdad, si fuera así deberían prohibir los depósitos y plazos fijos en dólares. Lo que el BCRA quiere saber es si estos usuarios de tarjeta de crédito utilizaron los dólares, euros, reales, etc. para cancelar los resúmenes de tarjeta, se lo gastaron allá o bien los atesoraron. La realidad es que la nota es un formato típico que la institución utiliza para realizar requerimientos de investigación presumarial, paso previo a la formación de sumarios bajo el régimen penal cambiario que prevé multas de hasta diez veces el monto de la operación en cuestión. Ahora bien desde el punto de vista impositivo estas extracciones de dólares en el exterior son encasilladas como “adelanto financiero en el exterior” es decir un préstamo, y debería ser imputada así en las declaraciones juradas de cada particular. Es una operación legal siempre y cuando los ingresos declarados del titular de la tarjeta sean coherentes y consistente con los gastos incluyendo esos adelantos, en criollo si declaras que ganas $6000 y te patinas $30.000 en el exterior la AFIP podría sancionarte, pero si tenes todo en orden, no deberían porque hacerlo. Desde el punto de vista aduanero y si no te gastaste esos dólares el exterior solo podrías ingresar U$S 10.000 sin la necesidad de realizar una declaración jurada ante estos organismos.


Nota que le llegó a los usuarios de tarjeta de crédito.


Volviendo a la nota enviada por el Central lo más importante es aclarar que no existe ningún tipo de delito ya que a la hora de explicar en que se gastaron esos dólares cualquier respuesta es válida, ya que, no es obligatorio guardar los comprobantes de las operaciones realizadas en el exterior y no habría entonces infracción cambiaria. Además aquellos que recibieron esta nota pueden pedir “vista” de las actuaciones del BCRA que originaron la nota para conocer el alcance de la investigación. En resumen si tenes tus cosas en regla a no preocuparse.

Colas de Argentinos en Cajeros de Uruguay.

Por último es bueno saber que el Central está poniendo el ojo en esta operatoria, y que la misma se convirtió en una gran fisura del cepo cambiario, sin ir más lejos el Central no solo mando estas notas sino que pidió a los emisores de las tarjetas de crédito mayor detalle de los gastos y retiros en el exterior, cuando antes solo pedían totales hoy están queriendo ver el paso a paso de los ciudadanos que viajan. No sería loco pensar que el Gobierno avance en este sentido si ve que la fuga es cada vez más fuerte, sin ir más lejos recordar los meses previos al nacimiento del cepo cambiario allá por 2008  cuando le llegaban cartas similares a los que compraban dólares y no podían justificar sus ingresos. La realidad y de lo que estoy totalmente seguro es que estas medidas no van a generar otro efecto que un aumento en la cotización del llamado dólar blue.

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