En los últimos días varios
usuarios de tarjeta de crédito que sacaron adelantos de efectivo en el exterior
fueron bendecidos con la llegada de una hermosa nota con membrete del Banco
Central de la Republica Argentina en la cual se le solicita información y
explicaciones sobre el destino de esos fondos, pero seguro hasta aquí nadie se preocuparía,
aunque la invocación a una ley, la penal cambiaria, seguro te ponga los pelos
de punta. Veamos realmente que puede y que no reclamar el central en los términos
de esta ley.
En primer lugar cabe destacar que
el atesoramiento no está prohibido por ley en nuestro país, sino que momentáneamente
está suspendido por normas particulares. Por ende decir que ahorrar en dólares
es un delito más allá de lo folklórico, por ahora y solo por ahora no es
verdad, si fuera así deberían prohibir los depósitos y plazos fijos en dólares.
Lo que el BCRA quiere saber es si estos usuarios de tarjeta de crédito utilizaron
los dólares, euros, reales, etc. para cancelar los resúmenes de tarjeta, se lo
gastaron allá o bien los atesoraron. La realidad es que la nota es un formato típico
que la institución utiliza para realizar requerimientos de investigación presumarial,
paso previo a la formación de sumarios bajo el régimen penal cambiario que prevé
multas de hasta diez veces el monto de la operación en cuestión. Ahora bien
desde el punto de vista impositivo estas extracciones de dólares en el exterior
son encasilladas como “adelanto financiero en el exterior” es decir un préstamo,
y debería ser imputada así en las declaraciones juradas de cada particular. Es una
operación legal siempre y cuando los ingresos declarados del titular de la
tarjeta sean coherentes y consistente con los gastos incluyendo esos adelantos,
en criollo si declaras que ganas $6000 y te patinas $30.000 en el exterior la
AFIP podría sancionarte, pero si tenes todo en orden, no deberían porque
hacerlo. Desde el punto de vista aduanero y si no te gastaste esos dólares el
exterior solo podrías ingresar U$S 10.000 sin la necesidad de realizar una declaración
jurada ante estos organismos.
Nota que le llegó a los usuarios de tarjeta de crédito. |
Volviendo a la nota enviada por
el Central lo más importante es aclarar que no existe ningún tipo de delito ya que
a la hora de explicar en que se gastaron esos dólares cualquier respuesta es válida,
ya que, no es obligatorio guardar los comprobantes de las operaciones
realizadas en el exterior y no habría entonces infracción cambiaria. Además aquellos
que recibieron esta nota pueden pedir “vista” de las actuaciones del BCRA que
originaron la nota para conocer el alcance de la investigación. En resumen si
tenes tus cosas en regla a no preocuparse.
Colas de Argentinos en Cajeros de Uruguay. |
Por último es bueno saber que el
Central está poniendo el ojo en esta operatoria, y que la misma se convirtió en
una gran fisura del cepo cambiario, sin ir más lejos el Central no solo mando
estas notas sino que pidió a los emisores de las tarjetas de crédito mayor
detalle de los gastos y retiros en el exterior, cuando antes solo pedían totales
hoy están queriendo ver el paso a paso de los ciudadanos que viajan. No sería
loco pensar que el Gobierno avance en este sentido si ve que la fuga es cada
vez más fuerte, sin ir más lejos recordar los meses previos al nacimiento del
cepo cambiario allá por 2008 cuando le
llegaban cartas similares a los que compraban dólares y no podían justificar
sus ingresos. La realidad y de lo que estoy totalmente seguro es que estas
medidas no van a generar otro efecto que un aumento en la cotización del
llamado dólar blue.
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